Imagine que revisa su cuenta y encuentra un depósito de 1.200 dólares de una empresa que no conoce. Al rato recibe una llamada. Alguien se disculpa, dice que se equivocó al digitar la cuenta y le pide devolver el dinero en efectivo o transferirlo a otra cuenta. ¿Qué haría? Lo natural parece devolverlo. Sin embargo, la Unidad de Análisis Financiero y Económico, la UAFE, ha advertido que esta es precisamente una estrategia de bandas criminales para mover dinero ilícito usando cuentas de personas comunes, que no levantan sospechas.3
Para entender por qué, hay que conocer cómo funciona el lavado de activos. La doctrina y los estándares internacionales lo describen en tres etapas. En la colocación, el dinero de origen ilícito se introduce en el sistema financiero formal. En la estratificación, se mueve mediante operaciones sucesivas para que su rastro sea difícil de seguir. En la integración, vuelve a la economía con apariencia de legalidad.5 La transferencia “por error” y la cuenta prestada son herramientas típicas de la primera etapa. La cuenta de una persona sin antecedentes se convierte en la puerta de entrada del dinero y, al devolverlo a otra cuenta, se le ayuda a dar el siguiente paso.
¿Qué dice la ley? El artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal sanciona a quien, directa o indirectamente, tenga, adquiera, transfiera, posea, administre, utilice, mantenga, entregue o se beneficie de cualquier manera de activos de origen ilícito, y también a quien preste su nombre para cometer estos delitos.1
1. Tenga, adquiera, transfiera, posea, administre, utilice, mantenga, resguarde, entregue, transporte, convierta o se beneficie de cualquier manera, de activos de origen ilícito. (…) 3. Preste su nombre o el de la sociedad o empresa, de la que sea socio o accionista, para la comisión de los delitos tipificados en este artículo.
Las penas dependen del monto y de las circunstancias. Van de cinco a siete años cuando el monto es inferior a cien salarios básicos unificados y pueden llegar a diecinueve a veintidós años cuando supera los doscientos. La ley además considera el lavado de activos un delito autónomo, y la Corte Nacional de Justicia estableció como precedente obligatorio que basta prueba indiciaria para demostrar el origen ilícito de los activos, sin que se requiera una sentencia condenatoria sobre los delitos previos.12
¿Y si la persona no sabía nada? El lavado de activos es un delito doloso. Exige conocimiento y voluntad, y la ley no prevé una modalidad culposa. Pero no hay que confundir no ser culpable con no ser investigado. Como advierte el Banco Pichincha sobre el préstamo de cuentas, quien figura como titular es quien debe responder por el origen de los fondos y por los movimientos, y si por su cuenta pasa dinero producto de un delito, entrará en un proceso de investigación aunque desconozca su procedencia.4 Por eso, la forma en que una persona actúa desde el primer momento termina siendo su mejor prueba.
La UAFE recomienda no devolver el dinero en efectivo ni transferirlo a otra cuenta, no tocarlo ni gastarlo, no enviarlo a cuentas que le compartan por chat, reportar el caso y, si corresponde la devolución, exigir que el dinero vuelva directamente a la cuenta de origen, lo que respalda legalmente la operación.3 A eso se suma una regla sencilla. Nunca prestar su cuenta bancaria a amigos, familiares ni conocidos para recibir o mover dinero.4
Si ya devolvió una transferencia de este tipo, si prestó su cuenta o si fue notificado por la Fiscalía en una investigación por lavado de activos, guarde todos los comprobantes, chats, números y registros de llamadas, y no rinda versión sin asesoría. En TREU Abogados, abogados penalistas en Quito, podemos ayudarle.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si recibo una transferencia que no esperaba?
No la devuelva en efectivo ni la transfiera a otra cuenta, no toque ni gaste el dinero y no lo envíe a cuentas que le compartan por chat. Reporte el caso a su banco y a las autoridades y, si corresponde devolverlo, exija que el dinero regrese directamente a la cuenta de origen. Esa es la recomendación de la UAFE.
¿Me pueden investigar aunque no supiera que el dinero era ilícito?
Sí. El lavado de activos exige dolo, es decir, conocimiento y voluntad, y no existe una modalidad culposa. Pero quien figura como titular de la cuenta debe responder por el origen de los fondos y por los movimientos, y si por su cuenta pasó dinero de un delito entrará en una investigación aunque desconozca su procedencia. Cómo actuó desde el primer momento será su mejor prueba.
¿Qué pena tiene el lavado de activos en Ecuador?
Depende del monto y de las circunstancias. Va de cinco a siete años cuando los activos no llegan a cien salarios básicos unificados, de siete a diez o de diez a trece años en los casos intermedios, y de diecinueve a veintidós años cuando el monto supera los doscientos salarios básicos o se usan cargos públicos o sociedades para cometerlo (art. 317 del COIP).
¿Es delito prestar mi cuenta bancaria a un familiar o amigo?
Prestar la cuenta no es por sí mismo un delito, pero el art. 317 del COIP sanciona a quien preste su nombre para la comisión del lavado de activos, y el titular responde por los fondos que pasan por su cuenta. Si el dinero resulta ser de origen ilícito, la persona que prestó la cuenta será investigada.
Fuentes citadas
- Código Orgánico Integral Penal (COIP). Registro Oficial Suplemento 180, 10 de febrero de 2014, texto consolidado con sus reformas. Art. 317 (reformado por las leyes publicadas en el Registro Oficial Suplemento 525, 27 de agosto de 2021, y Suplemento 599, 12 de julio de 2024).
- Corte Nacional de Justicia. Resolución de triple reiteración No. 20-2024, precedente jurisprudencial obligatorio sobre el carácter autónomo del lavado de activos y la prueba indiciaria del origen ilícito. Registro Oficial Suplemento 689, 22 de noviembre de 2024.
- El Universo, «¿Qué hacer si recibo una transferencia desconocida? UAFE revela nueva estrategia de bandas para incriminar a inocentes en lavado de activos», 23 de mayo de 2026. www.eluniverso.com/noticias/ecuador/que-hacer-si-recibo-una-transferencia-desconocida-uafe-revela-nueva-estrategia-de-bandas-para-incriminar-a-inocentes-en-lavado-de-activos-nota/
- Banco Pichincha, «El grave riesgo de prestar tus cuentas bancarias a terceros». www.pichincha.com/blog/riesgos-prestar-cuentas-a-terceros
- PADF Ecuador, Guía interpretativa del alcance del delito de lavado de activos en Ecuador (2023). oeco.padf.org/wp-content/uploads/2023/03/4-GUIA-INTERPRETATIVA-DEL-ALCANCE-DEL-DELITO-DE-LAVADO-DE-ACTIVOS-EN-ECUADOR.pdf
Las disposiciones del COIP citadas corresponden al texto consolidado vigente, con sus reformas. Las recomendaciones de la UAFE se reproducen tal como fueron difundidas por la entidad.