02 · Patrimonio y economía
Delitos contra el régimen de desarrollo
Asesoría penal en delitos contra el régimen de desarrollo.
El área
Defensa penal en delitos contra el régimen de desarrollo
Los delitos contra el régimen de desarrollo comprenden conductas que afectan el orden económico, los recursos y las políticas públicas que sustentan el desarrollo del país. Su investigación suele requerir prueba técnica y especializada.
En TREU Abogados asumimos la defensa de personas investigadas y la representación de víctimas, con estrategias jurídicas ajustadas a la naturaleza particular de cada proceso.
Cada caso exige una estrategia distinta. La diferencia no está únicamente en conocer la ley, sino en saber cómo construir una teoría del caso capaz de resistir cada etapa del proceso penal.
Cómo trabajamos
Cómo abordamos su caso
Análisis jurídico integral
Realizamos un estudio completo de los hechos, la evidencia disponible y la situación procesal para identificar riesgos, oportunidades y definir la estrategia más adecuada desde el inicio.
Diseño de la estrategia procesal
Cada proceso requiere una planificación propia. Construimos una teoría del caso sólida, determinamos los medios de prueba pertinentes y establecemos la mejor ruta jurídica para proteger los intereses de nuestro cliente.
Defensa y representación permanente
Acompañamos cada etapa del procedimiento penal, desde la investigación previa hasta la resolución definitiva, ejerciendo una representación técnica, estratégica y orientada a resultados.
Alcance de la defensa
Tipos penales que atendemos
En el área de delitos contra el régimen de desarrollo, estos son los tipos penales en los que asumimos su defensa o su representación.
Toque cada delito para ver en qué consiste y qué pena prevé el COIP.
Enriquecimiento privado no justificado
Aumentar el patrimonio propio o de otra persona, directamente o mediante testaferros, en más de 200 salarios básicos sin poder justificar de dónde salió ese dinero.
Pena: 3 a 5 años de prisión.
Art. 297 COIP
Defraudación tributaria
Engañar al SRI u otra administración tributaria para pagar menos impuestos o no pagarlos. Por ejemplo, llevar doble contabilidad, usar facturas de operaciones inexistentes o de empresas fantasma, o no entregar los impuestos retenidos a tiempo.
Pena: según la conducta, de 1 a 7 años de prisión; de 7 a 10 si los impuestos retenidos no entregados o devueltos indebidamente superan los 100 salarios básicos.
Art. 298 COIP
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarnos
¿Qué tipo de conductas comprende esta área?
Abarca diversas conductas relacionadas con el orden económico y los recursos del Estado. Su análisis requiere una evaluación jurídica particular en cada caso.
¿Qué debo hacer si recibo una notificación de Fiscalía para rendir versión?
Es recomendable recibir asesoría jurídica antes de comparecer. La versión que se rinda puede tener incidencia en el desarrollo de la investigación, por lo que resulta importante conocer previamente los derechos y las implicaciones legales de cada actuación.
¿Desde qué etapa puede intervenir un abogado?
La intervención temprana suele ser determinante. Contar con asesoría desde la investigación previa permite adoptar decisiones estratégicas oportunas, preservar medios de prueba y proteger adecuadamente los derechos del cliente durante todo el proceso.
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