02 · Patrimonio y economía
Delitos contra el sistema financiero
Defensa y representación en delitos contra el sistema financiero.
El área
Defensa penal frente a delitos financieros
Los delitos contra el sistema financiero afectan la confianza en las instituciones y el orden económico. Su investigación involucra normativa especializada, entidades de control y prueba técnica de alta complejidad.
En TREU Abogados brindamos defensa y representación en este tipo de procesos, con un enfoque técnico orientado a garantizar el debido proceso y la adecuada valoración de la prueba.
Cada caso exige una estrategia distinta. La diferencia no está únicamente en conocer la ley, sino en saber cómo construir una teoría del caso capaz de resistir cada etapa del proceso penal.
Cómo trabajamos
Cómo abordamos su caso
Análisis jurídico integral
Realizamos un estudio completo de los hechos, la evidencia disponible y la situación procesal para identificar riesgos, oportunidades y definir la estrategia más adecuada desde el inicio.
Diseño de la estrategia procesal
Cada proceso requiere una planificación propia. Construimos una teoría del caso sólida, determinamos los medios de prueba pertinentes y establecemos la mejor ruta jurídica para proteger los intereses de nuestro cliente.
Defensa y representación permanente
Acompañamos cada etapa del procedimiento penal, desde la investigación previa hasta la resolución definitiva, ejerciendo una representación técnica, estratégica y orientada a resultados.
Alcance de la defensa
Tipos penales que atendemos
En el área de delitos contra el sistema financiero, estos son los tipos penales en los que asumimos su defensa o su representación.
Toque cada delito para ver en qué consiste y qué pena prevé el COIP.
Pánico financiero
Difundir noticias falsas que alarmen a la población y provoquen el retiro masivo de depósitos de un banco o cooperativa, poniendo en peligro su estabilidad o causando su cierre.
Pena: 5 a 7 años de prisión.
Art. 322 COIP
Captación ilegal de dinero
Recibir dinero del público de forma habitual y masiva sin autorización legal, como si se fuera un banco, por ejemplo con esquemas de inversión no autorizados. También se castiga hacer cambio de moneda u operaciones monetarias masivas sin permiso.
Pena: 5 a 7 años de prisión; de 3 a 5 por operaciones cambiarias o monetarias sin autorización.
Art. 323 COIP
Falsedad de información financiera
Dar información falsa al público para obtener un beneficio propio o de otros. Aplica a representantes legales, directores, administradores o empleados de entidades que reciben dinero del público de forma habitual y masiva.
Pena: 3 a 5 años de prisión.
Art. 324 COIP
Preguntas frecuentes
Lo que suele preguntarnos
¿Estos delitos solo involucran a entidades financieras?
No necesariamente. Pueden alcanzar a personas naturales y jurídicas según las circunstancias de cada caso.
¿Qué debo hacer si recibo una notificación de Fiscalía para rendir versión?
Es recomendable recibir asesoría jurídica antes de comparecer. La versión que se rinda puede tener incidencia en el desarrollo de la investigación, por lo que resulta importante conocer previamente los derechos y las implicaciones legales de cada actuación.
¿Desde qué etapa puede intervenir un abogado?
La intervención temprana suele ser determinante. Contar con asesoría desde la investigación previa permite adoptar decisiones estratégicas oportunas, preservar medios de prueba y proteger adecuadamente los derechos del cliente durante todo el proceso.
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