01 · Personas

Delitos contra el derecho a la identidad

La identidad es un derecho cuya protección trasciende el ámbito civil.

El área

Defensa frente al uso indebido de la identidad

La utilización indebida de la identidad de otra persona o su alteración puede generar importantes consecuencias jurídicas, económicas y personales. Su investigación suele involucrar evidencia documental y digital.

En TREU Abogados brindamos asesoría y representación tanto a personas investigadas como a víctimas de este tipo de conductas.

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Cada caso exige una estrategia distinta. La diferencia no está únicamente en conocer la ley, sino en saber cómo construir una teoría del caso capaz de resistir cada etapa del proceso penal.

Cómo trabajamos

Cómo abordamos su caso

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Análisis jurídico integral

Realizamos un estudio completo de los hechos, la evidencia disponible y la situación procesal para identificar riesgos, oportunidades y definir la estrategia más adecuada desde el inicio.

02

Diseño de la estrategia procesal

Cada proceso requiere una planificación propia. Construimos una teoría del caso sólida, determinamos los medios de prueba pertinentes y establecemos la mejor ruta jurídica para proteger los intereses de nuestro cliente.

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Defensa y representación permanente

Acompañamos cada etapa del procedimiento penal, desde la investigación previa hasta la resolución definitiva, ejerciendo una representación técnica, estratégica y orientada a resultados.

Alcance de la defensa

Tipos penales que atendemos

En el área de delitos contra el derecho a la identidad, estos son los tipos penales en los que asumimos su defensa o su representación.

Toque cada delito para ver en qué consiste y qué pena prevé el COIP.

  • Suplantación de identidad

    Hacerse pasar por otra persona, de cualquier forma, para obtener un beneficio propio o para alguien más, causándole un perjuicio a otra persona. Por ejemplo, usar los datos o documentos de alguien para sacar un crédito o hacer trámites a su nombre.

    Pena: 1 a 3 años de prisión.

    Art. 212 COIP

  • Supresión, alteración o suposición de identidad y estado civil

    Impedir, cambiar, añadir o borrar ilegalmente datos de identidad en cédulas, partidas u otros registros del Registro Civil, o inscribir como hijo propio a quien no lo es. Es más grave si se altera la identidad de un niño, se lo cambia por otro, se dan datos falsos de un nacimiento o se declara falsamente muerto a un recién nacido.

    Pena: 1 a 3 años de prisión; de 3 a 5 si afecta la identidad de un niño o niña.

    Art. 211 COIP

Preguntas frecuentes

Lo que suele preguntarnos

¿Qué hago si alguien utilizó mi identidad?

Es importante actuar oportunamente para proteger sus derechos y preservar la evidencia disponible.

¿La suplantación de identidad siempre implica un fraude económico?

No necesariamente.

¿Qué debo hacer si recibo una notificación de Fiscalía para rendir versión?

Es recomendable recibir asesoría jurídica antes de comparecer. La versión que se rinda puede tener incidencia en el desarrollo de la investigación, por lo que resulta importante conocer previamente los derechos y las implicaciones legales de cada actuación.

¿Desde qué etapa puede intervenir un abogado?

La intervención temprana suele ser determinante. Contar con asesoría desde la investigación previa permite adoptar decisiones estratégicas oportunas, preservar medios de prueba y proteger adecuadamente los derechos del cliente durante todo el proceso.