Defensa Penal

Su defensa, en cada etapa del proceso.

Para personas investigadas, detenidas o procesadas. Un socio a cargo de su caso, con 10 profesionales a su disposición, estrategia desde el primer día y absoluta reserva.

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Abg. Sebastián Andrade Yánez, socio de TREU Abogados Dr. Mario Andrade Gagliardo, socio de TREU Abogados
Sebastián Andrade Yánez · Mario Andrade GagliardoUn socio a cargo de su caso y 10 profesionales a su disposición.
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Años de experiencia en litigio penal
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Clientes representados
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Dedicación exclusiva a lo penal
Nacional
Actuación en todo el territorio

Su situación

¿En qué punto está su caso?

Elija su situación y vea qué debe saber ahora mismo y cómo podemos ayudarle.

Me llegó una notificación de la Fiscalía

Lo que debe saber

  • No acuda solo a rendir versión: aunque lo citen como testigo, lo que diga puede vincularlo a la investigación.
  • No ignore la notificación. Si no comparece de forma reiterada, puede ser conducido por la Policía.
  • Guarde la notificación y reúna los documentos relacionados con el caso.

Lo que hacemos por usted

  • Revisamos la notificación y el expediente fiscal antes de que usted comparezca.
  • Preparamos su versión con usted y lo acompañamos a la diligencia.
Consultar este caso

Detuvieron a un familiar

Lo que debe saber

  • La audiencia de flagrancia debe realizarse dentro de las 24 horas siguientes a la detención (art. 529 COIP). Es la más urgente.
  • En esa audiencia se decide si la detención fue legal, si se formulan cargos y si se dicta prisión preventiva u otras medidas.
  • Tenga a mano su cédula y documentos que prueben domicilio, trabajo y familia: sirven para pedir medidas distintas a la prisión.

Lo que hacemos por usted

  • Acudimos de inmediato a la unidad de flagrancia y revisamos la legalidad de la detención.
  • Litigamos la audiencia para pedir medidas alternativas a la prisión preventiva.
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Tengo una denuncia en mi contra

Lo que debe saber

  • La investigación previa puede durar hasta 1 año, o hasta 2 si el delito tiene una pena mayor a 5 años (art. 585 COIP).
  • Es el mejor momento para presentar pruebas a su favor, antes de que el fiscal decida si formula cargos.
  • No hable del caso en redes sociales ni con la otra parte.

Lo que hacemos por usted

  • Revisamos el expediente, identificamos los puntos débiles de la denuncia y presentamos elementos de descargo.
  • Buscamos, cuando procede, que la investigación se archive sin llegar a juicio.
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Me formularon cargos o estoy en juicio

Lo que debe saber

  • La instrucción fiscal dura como máximo 90 días; 30 si fue flagrante y 45 en tránsito (art. 592 COIP).
  • Lo que no se anuncie y se pida a tiempo como prueba difícilmente podrá usarse en el juicio.
  • Cada audiencia cuenta: preparatoria de juicio y juicio se litigan de forma oral.

Lo que hacemos por usted

  • Construimos la teoría del caso, pedimos pericias y preparamos testigos.
  • Litigamos cada audiencia hasta la sentencia.
Consultar este caso

Ya tengo una sentencia

Lo que debe saber

  • La apelación debe presentarse dentro de los 3 días de notificada la sentencia (art. 654 COIP). Es un plazo muy corto.
  • Después de la apelación pueden caber otros recursos, como la casación, según el caso.

Lo que hacemos por usted

  • Revisamos la sentencia y el proceso para identificar errores que permitan impugnarla.
  • Presentamos y sustentamos los recursos ante la Corte Provincial y la Corte Nacional.
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El proceso penal

Lo acompañamos en cada etapa.

Así avanza un proceso penal ordinario en Ecuador y esto es lo que hacemos en cada momento.

  1. 01

    Investigación previa

    Hasta 1 o 2 años

    El fiscal reúne elementos para decidir si acusa. Aquí presentamos pruebas de descargo y buscamos el archivo cuando procede.

  2. 02

    Formulación de cargos e instrucción

    Hasta 90 días

    El fiscal formula cargos ante un juez y se discuten las medidas cautelares. Pedimos pericias y diligencias a su favor.

  3. 03

    Evaluación y preparatoria de juicio

    Una audiencia

    Se depura el proceso: se excluyen pruebas ilegales y se fija qué se discutirá en juicio. Muchos casos se ganan aquí.

  4. 04

    Juicio

    Audiencia oral

    Se practica la prueba ante el tribunal. Interrogamos, contrainterrogamos y alegamos su inocencia o una pena justa.

  5. 05

    Recursos

    3 días para apelar

    Si la sentencia es injusta, la impugnamos: apelación, casación y los recursos que correspondan.

Por qué TREU

No improvisamos.
Preparamos.

Estudiamos cada expediente a fondo, anticipamos los movimientos de la contraparte y construimos una estrategia diseñada exclusivamente para su caso. Esa preparación es la que marca la diferencia en una audiencia.

10 profesionales a su disposicióndirigidos por el socio a cargo de su caso.
  • 01 Un socio a cargo de su caso Dirige su defensa de principio a fin. Usted habla directamente con quien lo defiende.
  • 02 Informe en cada etapa Usted siempre sabe en qué va su proceso y qué viene después.
  • 03 Reserva absoluta Sobre su caso, su identidad y su información.
  • 04 Cobertura nacional Quito, sus valles y cualquier provincia del Ecuador.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

Me llegó una notificación de la Fiscalía para rendir versión. ¿Qué debo hacer?

Lo primero: llame a su abogado de confianza antes de comparecer. Aunque haya sido convocado únicamente como testigo, una versión mal rendida puede vincularlo a la investigación como sospechoso. No comparecer tampoco es la salida: ante inasistencias reiteradas, puede ser detenido por la Policía Nacional para ser conducido a rendirla. Acuda siempre preparado y acompañado de su defensa.

Detuvieron a un familiar. ¿Qué pasa ahora?

Si la detención fue en flagrancia, dentro de las 24 horas debe realizarse la audiencia de calificación de flagrancia ante un juez (art. 529 COIP). En ella se decide si la aprehensión fue legal, si el fiscal formula cargos y qué medidas cautelares se dictan, incluida la prisión preventiva. Por eso es la audiencia más urgente: contacte a un abogado de inmediato.

¿Cuánto dura un proceso penal?

Depende del delito y del tipo de procedimiento. Como referencia, la investigación previa puede durar hasta un año en delitos con pena de hasta cinco años, y hasta dos años en los demás (art. 585 COIP); la instrucción fiscal dura como máximo 90 días, 30 en delitos flagrantes y 45 en tránsito (art. 592 COIP). Después vienen la etapa de evaluación y preparatoria de juicio y el juicio.

¿Puedo cambiar de abogado si mi proceso ya empezó?

Sí. Usted puede designar a un nuevo defensor en cualquier etapa del proceso. Mientras antes lo haga, más margen tendrá su nueva defensa para revisar el expediente y corregir el rumbo antes de las audiencias clave.

¿Cuánto cuesta una defensa penal?

Existe la idea de que una defensa penal siempre es costosa. Una defensa de excelencia no tiene por qué serlo: cada caso es distinto y los honorarios deben responder a esa realidad. Antes de hablar de valores, analizamos su situación, el caso que enfrenta, la etapa procesal, la pena en juego y la complejidad de la prueba; sobre esa base definimos con usted un esquema de honorarios claro y proporcional. Aceptamos todas las tarjetas de crédito.

Cuanto antes intervenga su defensa, más opciones tiene.